Barcelona
It was the first time that we met

Barcelona
How can I forget

The moment that you stepped into the room
You took my breath away

Barcelona
La musica vibro y e Ilanos unio

And if God is willing
we will meet again some day


Mijn eigen handige tips / My own tips & tricks

***************** MUST READ **************

1) Klik hier voor mijn eigen bedrijvenlijst waar je geen Spaans nodig hebt om bij te werken, ideaal om te starten!/ My own list of companies where Spanish is not required, ideal to start!

2) Klik hier voor veelgestelde vragen over werken, wonen en leven in Barcelona / FAQ - in English as well

** Ook super handig **

1) Hier algemene tips / General Tips & Tricks

2) Baan? Belangrijk advies bij het zoeken: lees dit eerst voordat je begint!

3) Woning? Belangrijk advies bij het zoeken: lees dit eerst voordat je begint!

4) Kamer? Belangrijk advies bij het zoeken: lees dit eerst voordat je begint!

5) Zoek hier meteen een baan door "Dutch" OF "Holandes" OF "Nederlands" in het eerste vak in te vullen en "Barcelona" in de tweede!





Direct looking for jobs on biggest job site in Spain

6) Grootste huizenaanbod/ Biggest offer of houses in Barcelona

7) Loquo, van kamer via banen tot meubels / Loquo: from rooms via jobs to furniture in Barcelona

8) Stage in Barcelona lopen? Klik hier voor een up to date lijst!

en natuurlijk....

9) Spaans leren! Echte aanrader is Versión Original *: goed, betrokken, kleine klasjes en heel erg betaalbaar! En midden in het centrum (om de hoek bij Placa Catalunya)! Learn Spanish here at the best language school in Barcelona! (*mail me voordat je een cursus gaat volgen voor eventuele kortingsacties!/send me a mail before you start a course for a possible discount!)

10) Zit je na het lezen van mijn blog (gebruik eerst de zoekfunctie a.u.b.) nog met een vraag over wonen/werken/leven in Barcelona? Dan mag je me mailen via e_mabel AT yahoo.com. Ik help je graag op weg.... maar mails met hele algemene vragen (daar kan ik niet zo veel mee) en mails met CV's (ik ben geen arbeidsbureau) worden niet beantwoord.

© Mabel at BCN, 2004.

Niets van deze website mag worden vermenigvuldigd of openbaar gemaakt door middel van druk, microfilm, fotocopie, plaatsing van teksten en/of afbeeldingen op andere websites of op welke wijze dan ook, zonder voorafgaande schriftelijke toestemming van de auteur/maker.

Thursday 26 June 2008

I love Zapatero!!!

Yessssssss, today I received my payslip... and I have my first 200 euros of the 400 that Zapatero promised everyone would get "back" from the government.

It has nothing to do with your tax declaration (cause that´s over 2007 and this is for 2008 only), but you just get a 400 euro discount on the tax you pay. The first 200 euros with your salary of June 2008 and then in the months after (July - December) a % that will make 400 euro in total.

You didn´t receive the 400 euros of Zapatero? Ask your employer why not! Everyone (including people that receive a pension) that pays taxes, should get a reduction of a total of 400 euros (do understand you need at least to pay 400 in order to get 400 "back") at the end of 2008.

Here you can read the complete explanation (in Spanish).

El Real Decreto-ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica (BOE del 22), ha establecido una nueva deducción de la cuota líquida del IRPF, con efectos desde el 1 de enero de 2008, cuya cuantía es de hasta 400 euros anuales y que podrá ser aplicada por los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo o de actividades económicas en las condiciones previstas en la norma.

Con objeto de que los perceptores de rendimientos del trabajo y de actividades económicas vean anticipados los efectos de la nueva deducción sin tener que esperar a la presentación de las declaraciones del IRPF del ejercicio 2008, el Consejo de Ministros ha aprobado el día 23 de mayo un Real Decreto en el que se establecen los mecanismos para que el importe de dicha deducción se tenga ya en cuenta a efectos de determinar el importe de las retenciones sobre los rendimientos del trabajo que se les satisfagan a partir del día 1 de junio del año 2008, así como al calcular la cuantía de los pagos fraccionados que los contribuyentes que realicen actividades económicas deban efectuar por el segundo y sucesivos trimestres del presente año.

En relación con la mencionada deducción y su aplicación en 2008 interesa destacar los siguientes aspectos:

Al haberse establecido sus efectos a partir del día 1 de enero de 2008, la deducción de 400 euros no resulta aplicable en la Campaña de Renta 2007.

Sólo resulta aplicable a los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo (incluidos pensionistas) y de actividades económicas en los términos previstos en la norma.

Se configura como una deducción de la cuota líquida del IRPF.

La anticipación de sus efectos económicos a 2008 se efectúa mediante la reducción de las retenciones del trabajo que soportan los trabajadores y pensionistas y de los pagos fraccionados a ingresar por actividades económicas, de la siguiente forma:

d.1) Trabajadores y pensionistas:

Nómina del mes de junio de 2008: las retenciones se reducirán en 200 euros, como máximo. Por tanto, un trabajador que fuese a soportar una retención de 750 euros en junio de 2008, realmente solo soportará una retención de 550 (750-200). Si fuese a soportar una retención de 180, realmente no se le retendrá nada.

Nóminas de los meses de julio a diciembre de 2008: disminución del tipo de retención en la cuantía necesaria para completar la reducción de las retenciones de 2008 hasta los 400 euros. En el primer ejemplo del guión anterior, el trabajador tiene 200 euros pendientes (400-200) mientras que en el segundo caso tiene 220 (400-180).

Los trabajadores y pensionistas que no estuviesen soportando retenciones durante el año 2008 no podrán ver anticipados los efectos económicos de la nueva deducción, sin perjuicio de la aplicación de la misma cuando presenten la declaración del IRPF correspondiente a dicho año, en los términos previstos en la norma.

Para facilitar la aplicación de la medida la Agencia Tributaria va a desarrollar las siguientes actuaciones:

Puesta a disposición de los obligados a retener de un programa de ayuda para el cálculo de las retenciones que podrá ser utilizado a partir de julio (en junio la reducción de retenciones es lineal: 200 euros o una cantidad inferior si la retención que se fuese a practicar antes de la entrada en vigor de la medida fuera inferior a dicho importe). Este programa estará disponible desde primeros de junio.

Envío de una carta informativa a los obligados a retener explicándoles la novedad normativa y el procedimiento a seguir para aplicarla.

Contactos con los profesionales tributarios y organizaciones empresariales para facilitar la celebración de las sesiones informativas que se consideren precisas.

d.2) Empresarios y profesionales:

Reducción de hasta 200 euros en el pago fraccionado del segundo trimestre de 2008, y de 100 euros en los pagos fraccionados de cada uno de los dos trimestres siguientes.

La cantidad no reducida en un trimestre por insuficiencia del importe del pago fraccionado, podrá reducirse en los pagos fraccionados de los trimestres siguientes del mismo año.

No comments:

Blog Widget by LinkWithin